Dos artículos nuevos fueron introducidos a la Ley de Reordenamiento de las
Finanzas Públicas , aprobada la madrugada del sábado por el Congreso Nacional,
con el fin de establecer mecanismos de compensación social al paquete de
medidas económicas.
El diputado
nacionalista Rodolfo Zelaya presentó una moción incorporando a la ley un
capítulo nuevo contentivo de dos artículos, cuyas disposiciones son para
proteger a las clases desposeídas.
El congresista afirmó que en pláticas con el presidente electo, Juan
Orlando Hernández , le manifestó que era necesario que se crearan medidas para
compensar el impacto del reordenamiento financiero establecido en la ley.
En ese sentido, el pleno aprobó el capítulo que habla de los fondos de protección e inclusión social para poder proteger a las personas que menos tienen.
En ese sentido, el pleno aprobó el capítulo que habla de los fondos de protección e inclusión social para poder proteger a las personas que menos tienen.
Fondo de
Protección El artículo nuevo crea el Fondo de Protección e Inclusión Social, el
que estará en el Banco Central de Honduras o en un banco del sistema financiero
nacional, mediante un fideicomiso, a efecto de garantizar que los recursos
económicos recaudados en el mencionado fondo son exclusivamente destinados para
garantizar la continuidad y ampliación del número de beneficiarios del bono 10
Mil y otros proyectos y programas sociales impulsados por la Presidencia de la
República o la Secretaría de Estado que designe el Consejo de Secretarios de
Estado por un monto de 4,500 millones de lempiras.
La unidad
ejecutora de los recursos contenidos en este Fondo contará con la veeduría
especial integrada por representantes de Organizaciones no Gubernamentales que
designe la Presidencia de la República.
Vivienda
Popular En el otro artículo nuevo se crea el Fondo de Vivienda Popular y Autoconstrucción
para atender las necesidades vivienda popular y autoconstrucción, así como la
regulación de la propiedad.
Para tal
efecto, la Presidencia de la República constituirá el mecanismo legal para
hacer efectiva esta disposición mediante un Reglamento aprobado por el Consejo
de Secretarios de Estado, pudiéndole dar su administración a Banhprovi (Banco
Hondureño para la Producción y Vivienda) o a un centro asociado de conformidad
con la Ley General de la Administración Pública.
Este fondo
estará constituido con el equivalente al cincuenta por ciento de la recaudación
anual del tributo establecido en el artículo 11 del decreto.
Lo anterior
implica que este fondo será financiado con el cincuenta por ciento del producto
de la recaudación del impuesto del diez por ciento sobre el incremento de valor
o plusvalía de los bienes inmuebles que se aplicará cada vez que se hagan
operaciones registrales en el Instituto de la Propiedad.
El
proyectista Rodolfo Zelaya explicó que la aprobación de estos dos Fondos “es
importante para cambiar la vida de miles de hondureños”; por tanto solicitó el
apoyo de los diputados para la aprobación de los nuevos artículos.
La propuesta fue aprobada por los 71 diputados
nacionalistas, pese a los cuestionamientos de los diputados udeístas Edwin
Pavón y Marvin Ponce, quienes expresaron que no cabía en la Ley de
Reordenamiento una medida que en vez de generar recaudaciones implicaba gastos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario